Condiciones generales del contrato

Condiciones generales del contrato de alojamiento

Artículo 1 - Ámbito de aplicación

  1. Los contratos de alojamiento y acuerdos relacionados que se celebren entre este Hotel y el Huésped a hospedar estarán sujetos a estos Términos y Condiciones. Cualquier detalle no proporcionado en este documento se regirá por las leyes y reglamentos ("leyes y reglamentos", o aquellas basadas en leyes y reglamentos. Lo mismo se aplicará en lo sucesivo) y/o prácticas generalmente aceptadas.
    Cualquier asunto no estipulado en este Contrato se regirá por ordenanza y práctica generalmente establecida.
  2. En el caso de que el Hotel haya celebrado un contrato especial con el Huésped, en la medida en que dicho contrato especial no viole las leyes, reglamentos y prácticas generalmente aceptadas, el contrato especial prevalecerá sobre las disposiciones de estos Términos y Condiciones, sin perjuicio del párrafo anterior.

Artículo 2 - Solicitud de contrato de alojamiento

  1. Un Huésped que tenga la intención de presentar una solicitud para un Contrato de Alojamiento con el Hotel deberá notificar al Hotel los siguientes detalles:
    1. Nombre del(los) Invitado(s).
    2. Fecha de alojamiento y hora estimada de llegada.
    3. Cargos de alojamiento (basados en principio en los Cargos de Alojamiento Básico enumerados en la Tabla Adjunta No. 1).
    4. Otros detalles que el Hotel considere necesarios.
  2. Si los Huéspedes solicitan extender su estadía, durante su estadía, más allá de la fecha indicada en el subpárrafo (2) del Párrafo anterior, se considerará como una solicitud de un nuevo Contrato de Alojamiento en el momento en que se realice dicha solicitud.

Artículo 3 - Celebración, etc. del Contrato de Alojamiento

  1. Se considerará celebrado un Contrato de Alojamiento cuando el Hotel haya aceptado debidamente la solicitud conforme a lo previsto en el artículo anterior. Sin embargo, no procederá lo mismo cuando se haya comprobado que el Hotel no ha aceptado la solicitud.
  2. Cuando se haya celebrado un Contrato de Alojamiento de conformidad con las disposiciones del párrafo anterior, se solicita al Huésped que pague un depósito de alojamiento fijado por el Hotel dentro de los límites de los Cargos Básicos de Alojamiento que cubren todo el período de estancia del Huésped (3 días cuando el (período de estancia superior a 3 días) en la fecha especificada por el Hotel.
  3. El depósito se utilizará en primer lugar para el Cargo Total de Alojamiento que deberá pagar el Huésped, en segundo lugar para los cargos de cancelación conforme al Artículo 8 y en tercer lugar para las reparaciones conforme al Artículo 21, según corresponda. El resto, en su caso, se reembolsará en el momento del pago del alojamiento según lo establecido en el artículo 15.
  4. el Huésped no paga el depósito en la fecha estipulada en el Párrafo 2, el Hotel considerará inválido el Contrato de Alojamiento. Sin embargo, lo mismo se aplicará sólo en el caso en que el Hotel informe al Huésped de esta forma cuando se especifique el período de pago del depósito.

Artículo 4 - Contrato especial que exige la falta de pago del dinero de la solicitud

  1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo anterior, el Hotel podrá celebrar un contrato especial que no requiera depósito de alojamiento una vez celebrado el contrato según lo previsto en el mismo apartado.
  2. En el caso de que el Hotel no haya solicitado el pago del depósito conforme a lo previsto en el apartado 2 del artículo anterior y/o no haya especificado la fecha de pago del depósito en el momento de aceptar la solicitud de Contrato de Alojamiento, deberá será tratado como si el Hotel hubiera aceptado un contrato especial previsto en el párrafo anterior.

Artículo 5 - Solicitud de cooperación en medidas de control de infecciones en las instalaciones

  1. El Hotel podrá solicitar la cooperación de la persona que pretenda alojarse en el hotel de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4-2, párrafo 1 de la Ley de Empresas Hoteleras (Ley N° 138 de 1948).

Artículo 6 - Denegación de contratos de alojamiento

  1. El Hotel podrá no aceptar la celebración de un Contrato de Alojamiento bajo cualquiera de las siguientes circunstancias. Sin embargo, este párrafo no implica que el Hotel pueda denegar el alojamiento en casos distintos a los enumerados en el artículo 5 de la Ley de Empresa Hotelera.
    1. Cuando la solicitud de alojamiento no se ajuste a lo dispuesto en estos Términos y Condiciones.
    2. Cuando el Hotel esté completo y no haya vacantes.
    3. Cuando se considere que el Huésped que busca alojamiento es responsable de comportarse de manera que viole las leyes o actúe contra el orden público o las buenas costumbres con respecto a su alojamiento.
    4. Cuando se considere que la persona que pretende hospedarse en este hotel se encuentra bajo cualquiera de los siguientes incisos (a) a (c).
      1.  Grupos de delincuencia organizada tal como se definen en el artículo 2, apartado 2 de la Ley de Prevención de Actos Injustos de Grupos de Delincuencia Organizada (Ley N° 77 de 1991) (en adelante denominados "Grupos de Delincuencia Organizada"), miembros de la delincuencia organizada grupos definidos en el artículo 2, inciso 6 del mismo artículo (en adelante denominados "Miembros de grupos de delincuencia organizada"), miembros asociados de grupos de delincuencia organizada o personas relacionadas con grupos de delincuencia organizada, u otros grupos antisociales.
      2.  Cuando la persona sea un grupo de delincuencia organizada o una corporación u otra organización cuyas actividades comerciales estén controladas por un grupo de delincuencia organizada o un miembro de un grupo de delincuencia organizada.
      3.  Una persona jurídica y uno de sus funcionarios entra en la categoría de miembro de un grupo de delincuencia organizada.
    5. Cuando la persona s  comporta de tal manera que moleste a otros huéspedes.
    6. Cuando una persona que tiene la intención de alojarse en este hotel es un paciente, etc., de una enfermedad infecciosa específica tal como se define en el Artículo 4-2, párrafo 1, punto 2 de la Ley de Negocios Hoteleros (en adelante, "paciente, etc. de una enfermedad infecciosa especificada").
    7. Cuando se cometa un acto violento de exigencia o se exija una carga que exceda un rango razonable en relación con el alojamiento (excepto los casos en que la persona que busca alojamiento solicite la eliminación de barreras sociales de conformidad con las disposiciones del artículo 7, párrafo 2 o del artículo 8, párrafo 2 de la Ley (Ley núm. 65 de 2013, en adelante denominada "Ley de eliminación de la discriminación contra las personas con discapacidad") sobre la promoción de la eliminación de la discriminación por motivos de discapacidad).
    8. Cuando la persona que pretende alojarse en el Hotel haya presentado repetidamente una solicitud al Hotel según lo especificado en el Artículo 5-6 del Reglamento de Aplicación de la Ley de Empresas Hoteleras como una solicitud cuya carga es excesiva en su implementación y que puede impedir gravemente la prestación de servicios relacionados con el alojamiento a otros huéspedes.
    9. Cuando el Hotel no pueda brindar alojamiento debido a calamidades naturales, mal funcionamiento de las instalaciones y/u otras causas inevitables.
    10. Cuando el caso se rige por las disposiciones del artículo 10 de la Ordenanza de la Prefectura de Hyogo.

Artículo 7 - Explicación de la negativa a celebrar un contrato de alojamiento

  1. La persona que pretenda alojarse podrá solicitar al Hotel que explique los motivos de su negativa a celebrar un contrato de alojamiento de conformidad con el artículo anterior.

Artículo 8 - Derecho a cancelar los contratos de alojamiento por parte del huésped

  1. El Huésped tiene derecho a cancelar el Contrato de Alojamiento notificándolo al Hotel.
  2. Si el Huésped ha cancelado el Contrato de Alojamiento total o parcialmente debido a causas por las cuales el Huésped es responsable (excepto en el caso en que el Hotel haya solicitado el pago del depósito durante el período especificado según lo prescrito en el Párrafo 2 del Artículo 3 y el El Invitado ha cancelado antes del pago), el Invitado deberá pagar los cargos de cancelación que se enumeran en la Tabla Adjunta No. 2. Sin embargo, en el caso de que se haya celebrado un contrato especial según lo prescrito en el Párrafo 1 del Artículo 4, lo mismo se aplicará solo cuando Se informa al Huésped de la obligación de pago de los gastos de cancelación en caso de cancelación por parte del Huésped.
  3. Si el Invitado no se presenta antes de las 8:00 p.m. de la fecha de alojamiento (sin previo aviso 2 horas después de la hora prevista de llegada si se notifica al Hotel), el Hotel podrá considerar el Contrato de Alojamiento como cancelado por el Huésped.

Artículo 9 - Derecho a Cancelar el Contrato de Alojamiento por parte del Hotel

  1. El Hotel podrá cancelar el Contrato de Alojamiento bajo cualquiera de las siguientes circunstancias. Sin embargo, este párrafo no significa que este hotel pueda denegar el alojamiento en casos distintos a los enumerados en el artículo 5 de la Ley de Hostelería.
    1. Cuando el Huésped sea considerado responsable de una conducta y/o se haya comportado de manera que viole las leyes o actúe contra el orden público y las buenas costumbres en relación con su alojamiento.
    2. Cuando se reconozca que el Invitado se encuentra bajo cualquiera de los siguientes puntos (a) a (c).
      1. Cuando el Invitado sea un grupo criminal, un miembro de un grupo criminal, un cuasi-integrante de un grupo criminal, o una persona relacionada con un grupo criminal, o cualquier otro grupo antisocial.
      2. Cuando el Invitado sea una persona jurídica u otra organización cuyas actividades comerciales estén controladas por un grupo criminal o un miembro de un grupo criminal.
      3. Cuando el Huésped que busca alojamiento es una corporación en la que se demuestra que cualquiera de sus directores es miembro de un grupo de crimen organizado.
    3. Cuando el Invitado se comporta de tal manera que moleste a otros huéspedes.
    4. Cuando el Invitado es un paciente, etc., de una enfermedad infecciosa específica.
    5. Cuando el Huésped que pretende alojarse en el alojamiento comete un acto de exigencia violenta o solicita una carga que excede un rango razonable con respecto al alojamiento (excepto cuando el huésped solicita la eliminación de las barreras sociales según lo dispuesto en el Artículo 7, párrafo 2 o el artículo 8, párrafo 2 de la Ley para la Eliminación de la Discriminación contra las Personas con Discapacidad).
    6. Cuando el Huésped realiza repetidamente una solicitud a este hotel que es tan onerosa en su implementación que puede impedir seriamente la prestación de servicios relacionados con el alojamiento a otros huéspedes, como se especifica en el Artículo 5-6 del Reglamento de Aplicación del Ley de Empresas Hoteleras.
    7. Cuando el Hotel no pueda brindar alojamiento debido a calamidades naturales y/u otras causas de fuerza mayor.
    8. Cuando el caso se rige por las disposiciones del artículo 10 de la Ordenanza de la Prefectura de Hyogo.
    9. Cuando el Huésped no observa acciones prohibidas como fumar en la cama, manipular las instalaciones contra incendios y de otro modo infringe las Normas del Hotel estipuladas por el Hotel (restringidas a los detalles que se consideren necesarios para evitar provocar incendios).
  2. Si el Hotel ha cancelado el Contrato de Alojamiento de conformidad con el Párrafo anterior, el Hotel no cobrará al Huésped ninguno de los servicios durante el período contractual que no haya recibido.

Artículo 10 - Explicación de la Cancelación del Contrato de Alojamiento

  1. En caso de que el Hotel cancele el contrato de alojamiento de conformidad con el artículo anterior, el Huésped podrá solicitar una explicación de los motivos de dicha cancelación.

Artículo 11 - Registro

  1. El Huésped deberá registrar los siguientes datos en la Recepción del Hotel el día de su alojamiento:
    1. Nombre, dirección e información de contacto del(los) Invitado(s).
    2. Nacionalidad y número de pasaporte para extranjeros que no tengan domicilio en Japón.
    3. Otros detalles que el Hotel considere necesarios.
  2. En el caso en que el Huésped tenga la intención de realizar el pago de los cargos de conformidad con el Artículo 15 por cualquier medio que no sea moneda japonesa, como cheques de viaje, cupones, tarjetas de crédito, etc., estas credenciales deberán mostrarse con anticipación en el momento de inscripción de conformidad con el párrafo anterior.

Artículo 12 - Horario de ocupación de las habitaciones

  1. El Huésped tiene derecho a ocupar la habitación contratada del Hotel a partir de las 15:00 horas. el día de llegada hasta las 10 a.m. del día de salida. Sin embargo, en el caso de que el Huésped se aloje de forma continua, el Huésped podrá ocupar la habitación durante todo el día, excepto los días de llegada y salida.
  2. El Hotel podrá, sin perjuicio de lo dispuesto en el Párrafo anterior, permitir que el Huésped ocupe la habitación más allá del tiempo prescrito en el mismo Párrafo, en este caso, se aplicarán cargos adicionales de la siguiente manera.
    1. Hasta 3 horas: 30% del precio equivalente de la habitación.
    2. Hasta 6 horas: 60% del precio equivalente de la habitación.
    3. 6 horas o más de exceso: 100 % del importe equivalente de la habitación.
  3. El importe equivalente al cargo de habitación del párrafo anterior será el 70% del plan de alojamiento Estándar con cena y desayuno.

Artículo 13 - Observancia del Reglamento Hotelero

  1. El Huésped deberá observar las Normas Hoteleras establecidas por el Hotel. Las regulaciones del hotel están publicadas dentro de las instalaciones del hotel.

Artículo 14 - Horario comercial

  1. Los horarios de atención de las instalaciones principales del Hotel son los siguientes, y los de otras instalaciones, etc., serán notificados detalladamente mediante folletos previstos, avisos expuestos en diversos lugares, Directorio de Servicios en las habitaciones y otros medios.
    1. Horario de atención de Recepción, Caja, etc.:
      1. Toque de queda ..... 0:00 a.m. (00:00)
      2. Servicio de recepción..... 7:00 a. m. – 10:00 p. m.
    2. Horarios de servicio de alimentos y bebidas (instalaciones):
      1. Desayuno ..... 7:15 a.m. – 9:00 a.m.
      2. Almuerzo ..... 11:30 a.m. – 3:00 p.m.
      3. Cena ..... 6:00 p.m. – 9:30 p.m.
      4. Otros servicios de consumo de alcohol y alimentación, etc.
        * Salón en el vestíbulo ..... 7:30 a.m. – 5:30 p.m.
        * Pub The Walrus Club ..... 7:00 p.m. – 11:30 p.m.
        * Sala de karaoke ..... 7:00 p.m. – 11:30 p.m.
        * Rincón de fideos ..... 8:00 p.m. – 11:30 p.m.
    3. Horas de instalación de servicio incidental.
      1. Baño público..... 6:00 a. m. – 10:00 a. m. / 3:00 p. m. – 1:00 am.
      2. Tienda de souvenirs..... 8:00 a.m. – 11:00 a.m. / 3:00 p.m. – 18:30 h.
      3. Rincón de juego... 7:00 a. m. – 10:00 p. m.
  2. Los horarios de atención señalados en el Parágrafo anterior están sujetos a cambios temporales debido a circunstancias inevitables del Hotel. En tales casos, se informará al Huésped por los medios adecuados.

Artículo 15 - Pago de los gastos de alojamiento

  1. La explicación de los cargos de alojamiento, etc. que deberá pagar el Huésped se detalla en la Tabla No. 1 adjunta.
  2. Los cargos de alojamiento, etc., según lo establecido en el párrafo anterior, se pagarán en la recepción en el momento de la salida del huésped o previa solicitud del hotel en moneda japonesa. Otros medios aceptables para el Hotel son cheques de viajero, cupones y tarjetas de crédito.
  3. Los gastos de alojamiento se pagarán incluso si el Huésped voluntariamente no utiliza las instalaciones de alojamiento que le proporciona el Hotel.

Artículo 16 - Responsabilidades del Hotel

  1. El Hotel compensará al Huésped por los daños si el Hotel ha causado dichos daños al Huésped en el cumplimiento o incumplimiento del Contrato de Alojamiento y/o acuerdos relacionados. Sin embargo, no se aplicará lo mismo en los casos en que dichos daños hayan sido causados por causas de las que el Hotel no es responsable.
  2. El hotel está cubierto por un seguro de responsabilidad hotelera para hacer frente a incendios inesperados y/u otros desastres.

Artículo 17 - Manejo cuando no se pueden proporcionar las habitaciones contratadas

  1. Cuando el Hotel no pueda proporcionar las habitaciones contratadas, deberá organizar alojamiento del mismo nivel en otro lugar para el Huésped, en la medida de lo posible, con el consentimiento del Huésped.
  2. Cuando no sea posible organizar otro alojamiento, no obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, el Hotel pagará al Huésped una tarifa de compensación equivalente a los gastos de cancelación y la tarifa de compensación se aplicará a las reparaciones. Sin embargo, cuando el Hotel no pueda proporcionar alojamiento por causas de las cuales el Hotel no sea responsable, el Hotel no compensará al Huésped.

Artículo 18 - Manejo de los Artículos Depositados

  1. El Hotel compensará al Huésped por los daños cuando se produzca pérdida, rotura u otro daño a los bienes, dinero en efectivo u objetos de valor depositados en la recepción por el Huésped, excepto en el caso en que dicho daño sea causado por fuerza mayor. Sin embargo, en el caso de dinero en efectivo y objetos de valor, cuando el Hotel haya solicitado al Huésped una tasación del valor y el Huésped no lo haya hecho, el Hotel deberá compensar al Huésped hasta un máximo de 300.000 yenes.
  2. El Hotel compensará al Huésped por los daños y perjuicios cuando se produzca pérdida, rotura u otro daño, por dolo o negligencia por parte del Hotel, a los bienes, dinero en efectivo u objetos de valor traídos a las instalaciones del Hotel por el Huésped pero que no sean depositados. en el mostrador de enfrente. Sin embargo, en el caso de que el tipo y valor de la propiedad del huésped o el dinero en efectivo y objetos de valor no se hayan revelado con antelación, este hotel compensará los daños hasta 300.000 yenes, excepto en caso de dolo o negligencia grave por parte del hotel.

Artículo 19 - Custodia del equipaje y/o pertenencias del huésped

  1. Cuando el equipaje del Huésped se introduce en el Hotel antes de su llegada, el Hotel será responsable de almacenarlo sólo en el caso de que dicha solicitud haya sido aceptada por el Hotel. El equipaje deberá ser entregado al Huésped en la Recepción al momento de su check-in.
  2. Cuando el equipaje o pertenencias del Huésped se encuentren después del check-out y se confirme la propiedad del artículo, el Hotel informará al propietario del artículo dejado y le solicitará más instrucciones. Cuando el propietario no dé tales instrucciones al Hotel o cuando no se confirme la propiedad, el hotel conservará la propiedad durante 7 días, incluido el día del descubrimiento, después de lo cual se informará a la comisaría de policía más cercana.
  3. La responsabilidad del Hotel respecto de la custodia del equipaje y pertenencias del Huésped en el caso de los dos párrafos anteriores se ajustará a lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo anterior en el caso del párrafo 1, y a lo dispuesto en el párrafo 2 del mismo artículo en el caso del apartado 2.

Artículo 20- Responsabilidad en Materia de Estacionamiento

  1. El Hotel no será responsable de la custodia del vehículo del Huésped cuando éste utilice el estacionamiento dentro de las instalaciones del Hotel, ya que se considerará que el Hotel simplemente ofrece el espacio para estacionar, ya sea la llave del vehículo. ha sido depositado en el Hotel o no. Sin embargo, el Hotel compensará al Huésped por los daños causados por dolo o negligencia por parte del Hotel en relación con la gestión del estacionamiento.

Artículo 21 - Responsabilidad del huésped

  1. El Huésped deberá compensar al Hotel por los daños causados por dolo o negligencia por parte del Huésped.

〔Cuadro Adjunto No.1 - Método de Cálculo de Cargos de Alojamiento〕
  (Ref. Párrafo 1 del Artículo 2 y Párrafo 1 del Artículo 15)

Importe total a pagar por un huésped

  • □Cargo por alojamiento 
      (1) Cargo básico de alojamiento (Cargo por habitación o cargo por habitación más comida y cargo por bebidas, como para el desayuno)
      (2) Cargo por servicio [(1) x 15%]
  • □Cargos adicionales 
      (3) Cargo adicional por alimentos y bebidas (excepto los incluidos en (1))
      (4) Cargo por servicio [(3) x 15%]
  • □Impuesto  
      (a) Impuesto sobre el consumo
      (b) Impuesto sobre las aguas termales

〔Observaciones〕

  1. El cargo básico de alojamiento se basa en la tabla de cargos publicada en la recepción.
  2. El cargo para un niño de 12 años o menos es el siguiente:
    Si un niño toma las comidas y usa la ropa de cama sobre la misma base que un adulto: 70% de la carga del adulto.
    Si un niño toma comidas especiales y usa ropa de cama para niños: 50% de la carga del adulto.
    Si un niño solo usa ropa de cama: 30% de la carga del adulto.
    Si un niño (bebé) no toma ninguna comida o no usa ropa de cama: 1,100 yenes (incl. Impuestos).

〔Cuadro Adjunto No. 2 - Cargo por Cancelación para Hotel〕
   (Ref. Párrafo 2 del Artículo 8)

Número de invitados suscritos De 1 a 14 De 15 a 30 De 31 a 100 101 o más
No Show 100% 100% 100% 100%
Alojamiento Día 100% 100% 100% 100%
1 día antes del día de alojamiento 50% 50% 80% 80%
2 días antes del día de alojamiento 30% 30% 50% 50%
3 días antes del día de alojamiento 30% 30% 30% 50%
5 días antes del día de alojamiento 30% 30% 30%
6 días antes del día de alojamiento 20% 30%
7 días antes del día de alojamiento 20% 30%
8 días antes del día de alojamiento 10% 15%
14 días antes del día de alojamiento 10% 15%
15 días antes del día de alojamiento 10%
30 días antes del día de alojamiento 10%

〔Observaciones〕

  1. El porcentaje anterior muestra el porcentaje de la Sanción contra el Básico Cargo por alojamiento.
  2. En el caso de que se haya reducido el número de días de alojamiento, Penalización por un día (el primer día de alojamiento) se cobrará, independientemente del número de días reducidos.
  3. En el caso de que el Contrato de Alojamiento haya sido cancelado para una parte del Grupo (compuesta por 15 miembros o más), la Penalización cobrada será por el número de miembros del Grupo igual al 10% (una fracción a igualar) del número total de los miembros del Grupo reservados para alojamiento a partir de 10 días antes del primer día de ocupación (o el día en que el Contrato de Alojamiento haya sido aceptado en menos de 10 días antes del primer día de ocupación).

Promoción de Viajes, Ministerio de Tierras, N° 416
23 de diciembre de 1985
24 de enero de 2001
23 de octubre de 2007
22 de abril de 2010
1 de septiembre de 2011
Revisión final 13 de diciembre de 2023